El Congreso de los Diputados aprobó ayer, veintinueve de junio, la introducción de diversas medidas en la nueva Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, conocida como la Ley de Autónomos 2017.
Principales medidas aprobadas de la Ley de Autónomos 2017
- Tarifa plana de 50 euros para las mujeres que se reincorporen tras la maternidad y exención del 100% de la cuota de autónomos durante doce meses por cuidado de menores o dependientes.
- Se amplía la tarifa plana de 50 euros de seis meses a un año. Hay detractores hacia esta medida ya que algunos empresarios la aprovechan para obligar a sus trabajadores a darse de alta como autónomos y así ahorrarse su cotización.
- Los autónomos que continúen trabajando después de la edad de jubilación y tengan empleados, podrán compatibilizar su salario con el 100% de la pensión.
- Deducción de los gastos de suministros de agua, luz, electricidad y telefonía en un 20% cuando el autónomo trabaja desde su casa.
- Deducción de hasta 26,67 euros al día en gastos de dietas si el pago se realiza en España a través de medios telemáticos y en establecimientos de restauración o similares. Si el consumo se realiza en el extranjero, la cantidad será de 48,08 euros.
- Se podrá reemprender con tarifa plana después de dos años de interrupción de actividad.
- Los autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces al año su base de cotización.
- Se devolverá de oficio, y antes del 1 de mayo, el exceso de cotización de las personas en pluriactividad sin que sea el trabajador el que deba solicitar su devolución.
- Reconocimiento del accidente in itinere (el producido durante el desplazamiento de los profesionales autónomos a su puesto de trabajo y viceversa).
- Se permiten tres altas y tres bajas al año para que el trabajador autónomo únicamente pague en los periodos de actividad.
- Se reducen del 20% actual al 10% los recargos de la Seguridad Social que penalizaban a los autónomos por el retraso en el pago de la cuota en el primer mes.
- La cuota de los autónomos societarios se desvincula de las subidas del salario mínimo interprofesional y, a partir de ahora, se determinará en los Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio tras dialogarlo con las organizaciones de autónomos.
- Se mejoran las condiciones de emprendimiento para las personas con discapacidad y también de los hijos con discapacidad de los autónomos, que podrán ser contratados.
Aún así, todavía quedan algunos puntos importantes pendientes de revisar u que no han formado parte de esta Ley de Autónomos de 2017, a destacar::
1. Que la cotización del autónomo esté vinculada a los ingresos reales, como sucede para el resto de los trabajadores.
2. Jubilación: La base de cotización mínima supone una pensión por jubilación mínima. El resultado es que la pensión media de los asalariados es un 41% mayor que la de los autónomos jubilados.
3. Prestación por cese de actividad. Es lo que llaman el «paro de los autónomos». Percibirlo es voluntario y requiere un pago extra durante la actividad además de la cotización mínima.
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